Instituciones o actores políticos que han intervenido históricamente en el proceso seleccionado.

La ley contempla la integración y funcionamiento del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, en el cual se coordinan para integrarlo: la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios y tiene por objeto la conjunción de esfuerzos, instrumentos, políticas, servicios y acciones interinstitucionales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.





Asimismo señala que, el Sistema Nacional se conformará por las y los titulares de:
 
I.     La Secretaría de Gobernación, quien lo presidirá; 
II.     La Secretaría de Desarrollo Social;
III.    La Secretaría de Seguridad Pública
IV.   La Procuraduría General de la República; 
V.    La Secretaría de Educación Pública; 
VI.   La Secretaría de Salud; 
VII.  La Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 
VIII. El Instituto Nacional de las Mujeres, quien ocupará la Secretaría Ejecutiva del Sistema; 
IX.   El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
X.    El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y 
XI.   Los mecanismos para el adelanto de las mujeres en las entidades federativas.
 
También la ley contempla el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el cual contendrá las acciones con perspectiva de género. 








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